Señor Director:
La intención de la Concertación al someter a estudio el financiamiento de la Defensa Nacional a través de una formula distinta a la Ley Reservada del Cobre, obedece solo a la ciega intentona del Gobierno de derogar de una vez por todas dicho mecanismo, el que ha sido manejado profesionalmente por nuestras Fuerzas Armadas permitiendo a Chile contar con los medios necesarios para su Defensa, y entregando además estabilidad social a los chilenos.
La Concertación se encoleriza cuando en Chile se habla de “Militares”, la barrera que estos les dejaron al término de su Gobierno es tan alta, que ya ¡No la pudieron alcanzar!.
La corrupción y el despilfarro de recursos fiscales ha sido tan cruento en los últimos años, que a toda costa quieren evitar que el País vea como contraste, el profesionalismo que asumen las Fuerzas Armadas en la administración de lo poco que reciben, incluido lo proveniente de la Ley del cobre.
Todos sabemos que al Gobierno le duele que la promulgación de dicha Ley sea herencia del Gobierno Militar, como muchas cosas buenas que aun se observan en Chile, aunque eso no debiera preocuparlos tanto, parece que la Concertación ignora que el verdadero origen de esto tenga sus raíces mucho antes de 1973...
Desde los años 30 la Defensa Nacional necesitó contar con una legislación que le entregara recursos financieros. La primera vez que se destinó dinero fiscal para uso castrense fue en 1938 a través de la Ley N° 6.152, que regulaba el arriendo de terrenos fiscales en Magallanes otorgando parte de lo recibido para adquisición de Material de Guerra; esto se complementó el mismo año con la Ley N° 6.159 que permitía “adquisiciones, construcciones o fabricaciones” relacionadas con la Defensa Nacional, y luego la Ley N° 6.160, que fijaba un monto máximo de 10 millones de dólares de la época, para estos fines.
En 1942 la Ley N° 7.144 crea el Consejo Superior de Defensa Nacional, para “administrar, vigilar y controlar”, las inversiones hechas con los recursos de las Leyes anteriores... y aquí aparece la primera vinculación del cobre con las Fuerzas Armadas, esta Ley autorizaba poner a disposición de la Defensa los dólares provenientes de la diferencia de valorización de los retornos de divisa de la Gran Minería del Cobre.
Esto se terminó en 1955 con la publicación de la Ley N° 11.828 sobre “Nuevo Tratado del Cobre”, que obligaba a las compañías productoras de cobre a entregar sus divisas al Banco Central. Lo que se revirtió nuevamente en 1958 con la Ley N° 13.196, que asignaba un 15% de las utilidades de la minería del cobre para financiar directamente a las Fuerzas Armadas.
Finalmente el Gobierno Militar dio texto definitivo a esta última Ley mediante tres normas: El Decreto Ley N° 1.530 de 1976, la Ley N° 18.445 y la Ley N° 18.628 de 1987. Estos cuerpos legales contienen los artículos mencionados hoy por la Concertación al reclamar y quejarse por el aporte del cobre a las Fuerzas Armadas.
Nuestro País gracias al Gobierno Militar dejó de pertenecer al tercer mundo, las “autoridades” de la Concertación lo confirman día a día cuando se pasean por el mundo exportando las bondades del nuevo Chile, ¡ese que recibieron como herencia de sus Militares!. Este nuevo Chile merece contar con un mecanismo adecuado para financiar su Defensa, y ese mecanismo... ¡YA EXISTE!.
La derogación de la Ley Reservada del Cobre dejaría a las Fuerzas Armadas a merced de la “politiquería”... para obtener el financiamiento de los gastos de Defensa. Tenemos que entender que esos dineros en sí, ¡nunca han sido para los Militares!, como algunos malévolamente esgrimen por ahí. Esos recursos son para la DEFENSA NACIONAL... lo que favorece a todos los chilenos.
Todo lo que proviene de la Ley Reservada del cobre por años ha sido administrado con probidad y profesionalismo por nuestras Fuerzas Armadas, permitiendo a Chile vivir tranquilo al menos en lo que a Defensa se refiere, razón suficiente para que dicha Ley no sea ni derogada ni modificada.
Malamente podríamos dejar el financiamiento de nuestra defensa en las manos y voluntad de la Concertación, conglomerado que ha tenido innumerables desaciertos en política exterior, y cuya principal cualidad es la nula administración, la anti probidad, la corrupción... y el robo.
Alejandro Russell O’Kuinghttonss
La Concertación se encoleriza cuando en Chile se habla de “Militares”, la barrera que estos les dejaron al término de su Gobierno es tan alta, que ya ¡No la pudieron alcanzar!.
La corrupción y el despilfarro de recursos fiscales ha sido tan cruento en los últimos años, que a toda costa quieren evitar que el País vea como contraste, el profesionalismo que asumen las Fuerzas Armadas en la administración de lo poco que reciben, incluido lo proveniente de la Ley del cobre.
Todos sabemos que al Gobierno le duele que la promulgación de dicha Ley sea herencia del Gobierno Militar, como muchas cosas buenas que aun se observan en Chile, aunque eso no debiera preocuparlos tanto, parece que la Concertación ignora que el verdadero origen de esto tenga sus raíces mucho antes de 1973...
Desde los años 30 la Defensa Nacional necesitó contar con una legislación que le entregara recursos financieros. La primera vez que se destinó dinero fiscal para uso castrense fue en 1938 a través de la Ley N° 6.152, que regulaba el arriendo de terrenos fiscales en Magallanes otorgando parte de lo recibido para adquisición de Material de Guerra; esto se complementó el mismo año con la Ley N° 6.159 que permitía “adquisiciones, construcciones o fabricaciones” relacionadas con la Defensa Nacional, y luego la Ley N° 6.160, que fijaba un monto máximo de 10 millones de dólares de la época, para estos fines.
En 1942 la Ley N° 7.144 crea el Consejo Superior de Defensa Nacional, para “administrar, vigilar y controlar”, las inversiones hechas con los recursos de las Leyes anteriores... y aquí aparece la primera vinculación del cobre con las Fuerzas Armadas, esta Ley autorizaba poner a disposición de la Defensa los dólares provenientes de la diferencia de valorización de los retornos de divisa de la Gran Minería del Cobre.
Esto se terminó en 1955 con la publicación de la Ley N° 11.828 sobre “Nuevo Tratado del Cobre”, que obligaba a las compañías productoras de cobre a entregar sus divisas al Banco Central. Lo que se revirtió nuevamente en 1958 con la Ley N° 13.196, que asignaba un 15% de las utilidades de la minería del cobre para financiar directamente a las Fuerzas Armadas.
Finalmente el Gobierno Militar dio texto definitivo a esta última Ley mediante tres normas: El Decreto Ley N° 1.530 de 1976, la Ley N° 18.445 y la Ley N° 18.628 de 1987. Estos cuerpos legales contienen los artículos mencionados hoy por la Concertación al reclamar y quejarse por el aporte del cobre a las Fuerzas Armadas.
Nuestro País gracias al Gobierno Militar dejó de pertenecer al tercer mundo, las “autoridades” de la Concertación lo confirman día a día cuando se pasean por el mundo exportando las bondades del nuevo Chile, ¡ese que recibieron como herencia de sus Militares!. Este nuevo Chile merece contar con un mecanismo adecuado para financiar su Defensa, y ese mecanismo... ¡YA EXISTE!.
La derogación de la Ley Reservada del Cobre dejaría a las Fuerzas Armadas a merced de la “politiquería”... para obtener el financiamiento de los gastos de Defensa. Tenemos que entender que esos dineros en sí, ¡nunca han sido para los Militares!, como algunos malévolamente esgrimen por ahí. Esos recursos son para la DEFENSA NACIONAL... lo que favorece a todos los chilenos.
Todo lo que proviene de la Ley Reservada del cobre por años ha sido administrado con probidad y profesionalismo por nuestras Fuerzas Armadas, permitiendo a Chile vivir tranquilo al menos en lo que a Defensa se refiere, razón suficiente para que dicha Ley no sea ni derogada ni modificada.
Malamente podríamos dejar el financiamiento de nuestra defensa en las manos y voluntad de la Concertación, conglomerado que ha tenido innumerables desaciertos en política exterior, y cuya principal cualidad es la nula administración, la anti probidad, la corrupción... y el robo.
Alejandro Russell O’Kuinghttonss