Señor
Director:
Idealismo y terror.
El terrorismo se ha vuelto a hacer presente en
Chile. El uso del terror como medio para alcanzar fines ideológicos nos
impresiona por su maldad pero también nos desconcierta. ¿Cómo es posible que
ciertos individuos lleguen a la convicción de que cualquier medio es legítimo
para promover su causa? ¿Cómo se forman esas "frías máquinas de
matar" que Che Guevara veía como el ideal del luchador revolucionario?
¿Cómo se transforman personas idealistas en criminales políticos?
Sobre este tema he reflexionado largamente, ya
que en mi juventud fui parte de aquellos movimientos de inspiración marxista
que hicieron del uso de la violencia una forma legítima y necesaria de acción.
Tal como el anarquista criollo y el islamista suicida de hoy o el comunista y
el nazi de ayer, también yo estuve dispuesto a morir y a matar por un ideal.
Lo que concluí al final de una larga travesía
fue que en la promesa misma de las ideologías mesiánicas, es decir, la creación
de una especie de paraíso terrenal habitado por el "hombre nuevo",
está tanto el germen de su pasión genocida (exterminar al ser humano realmente
existente para dar paso al superhombre del comunismo o del nazismo o al santón
del islamismo) como la justificación de la amoralidad absoluta de los medios a
usar, para alcanzar un fin tan deslumbrante.
Esta es la "bondad absoluta" de los
fines, que se transforma en maldad sin límites de los medios y nos impulsa,
como dijo Karl Popper en "La sociedad abierta y sus enemigos", a
"purificar, purgar, expulsar, deportar y matar". Así se forma el
"criminal perfecto" de que habla Albert Camus en "El hombre
rebelde", que mata con premeditación y sin remordimiento, ya que lo hace
en nombre del amor y la utopía.
Es con ese tipo de criminales perfectos que hoy
tenemos que lidiar, y para derrotarlos debemos empezar por entender que es
justamente en su idealismo desmesurado, en su voluntad fanática de "salvar
al mundo", donde radica la fuente de su extrema peligrosidad.
Mauricio
Rojas, Ex Diputado del Parlamento de Suecia.
Señor Director:
Ley de Amnistía.
Se derogará la Ley de Amnistía de 1978. ¿Cuál
es el objeto de hacerlo, si ella, en los hechos, no era aplicada por la justicia
chilena?
Se argumenta que los presuntos delitos de
quienes no fueron favorecidos por ella constituyen delitos de lesa humanidad,
que son imprescriptibles e inamnistiables.
Sin embargo, estos delitos sólo fueron
tipificados en Chile en 2009, al aprobarse el Tratado de Roma, que los
establece, y en cuyo artículo 24 se dice expresamente que “sus normas no pueden
aplicarse a hechos anteriores a su vigencia”. Además, nuestra Constitución
garantiza que ningún delito se castigará con otra pena que la señalada, por una
ley promulgada con anterioridad a su perpetración. Es evidente que la no
aplicación de la Ley de Amnistía se debió y se debe a razones políticas.
Juan M. Reveco Bravo.